¿por que queríamos cambiar la constitución si ni claro tuvimos en que consistía?
si hay algo con lo que rayo un poco la papa, es con el tema de la corporalidad y como el sentir del cuerpo dice cosas (no de un modo hippie) que no necesariamente somos consiente, una profe siempre decía que el cuerpo era el primer espacio de lucha y que la guata siempre te avisaba cuando algo anda mal. esta relación corporal la saco a flote porque pese a que no todos teníamos claro en que consistía una constitución, concordamos en su mayoría que esta debía ser cambiada pero ¿ por que?. la constitución a diferencia de las leyes es un marco regulatorio no tanto de lo legalista a nivel civil sino que un marco regulatorio del poder o mas bien dicho la ma2quinaria política y que será a la que este sometido el ciudadano. en este sentido cuando vivimos bajo una figura como lo es la nación y el estado que promueven la democracia como un valor y derecho intrínseco de ellos, suena ridículo al menos en teoría que exista una constitución no democrática, spoiler alert, la constitución del 80, al ser una constitución hecha en dictadura no puede ser por definición democrática por su carácter anti democrático y unilateral. sobretodo considerando su proceso y lo que su régimen ideológicamente planto en las cabezas de los chilenos, Gran parte de estas conductas se presentaron para con la gente con un blanqueamiento ideológico basado en un carácter valórico, moralizantes y castigadores que permitió conductas abusivas no solo con alumnos sino con la organización de estos, y de sus funcionarios y en todos los niveles
Sin embargo, en el contexto específico en el que se
desarrollaba tal discurso -que suponía que la nación había pasado de un estado
calamitoso y crítico (en el marco del gobierno de la Unidad Popular) a otro en
que se apelaba a la reconstrucción de la patria (en el de la Dictadura)-, no
solo se trataba de actualizar y proyectar los valores esenciales de la patria,
sino también de regenerar a la sociedad y modificar “profundamente la
mentalidad de los chilenos, y especialmente de las nuevas generaciones”. Para
lograrlo, resultaba importante “el restablecimiento integral del principio de
autoridad”, que se había quebrantado en el último tiempo y que tenía como
principal resorte la ascendencia moral de quien mandaba. (neut.2016)
en este sentido obviamente pese a que la gente común no tuviese nociones claras de lo que significa una constitución, al gozar esta del titulo de carta magna de un estado nació, goza de una denominación no exenta de una carga simbólica representativa del poder, y si esta representatividad simbólica proviene del legado mas duro e inamovible de Pinochet, es mas que entendible que solo por ello la gente tuviera claras intenciones de deshacerse de un legado que sigue haciendo daño en las historias familiares de la gente.
Jaime Bassa, en su tesis de magister La teoría del poder constituyente en la constitución chilena vigente (2007). se refiere a las irregularidades con las cuales fue sometido a ejecución el plebiscito para el desarrollo de dicho documento y de donde proviene tata percepción negativa e ilegitima de la constitución
"Como se vio, ha sido común en la doctrina constitucional chilena aceptar la denominación de poder constituyente para referirse a la Comisión de Estudios para la Nueva Constitución que se constituyó días después del golpe de Estado, en septiembre de 1973. A este fenómeno político, que termina con la promulgación de la Constitución en 1980, se le ha denominado genéricamente poder constituyente. En tanto fuente de interpretación de la Constitución, estas deliberaciones carecen de toda legitimidad, tanto desde el punto de vista de la representatividad política de la Comisión Ortúzar, como desde la teoría constitucional propiamente tal."(p.58)
" En consecuencia, la Constitución no es el resultado de un consenso global sobre los principios fundamentales de la comunidad, mucho menos viene a objetivar los ideales de Derecho y de Justicia presentes en la sociedad; por el contrario, el texto resultante sólo expresa la opción política de determinado sector minoritario y no representativo de la sociedad. Finalmente, la votación plebiscitaria destinada a ratificar o rechazar el proyecto de Constitución presentado por la Junta de Gobierno tampoco es fuente suficiente de legitimidad, ya que el plebiscito de 1980 no cumplió con las mínimas exigencias democráticas: el proceso se desarrolló bajo un estado de excepción, no hubo un registro electoral en regla, bastaba la sola presentación de la cédula de identidad (vigente o no) para votar, la información fue manejada por el aparato comunicacional del régimen, el orden del acto electoral mismo fue custodiado por las fuerzas militares, la composición de las mesas fue determinada por los alcaldes, el recuento de votos fue secreto, las urnas y cámaras de votación no contaron con las garantías mínimas... Ciertamente, en un marco de desprotección de los derechos fundamentales, el ejercicio de los derechos políticos y de representación también se encontraba en entredicho."(p.60)
entonces pese a existir una legitimación política de la constitución del 80 (ya que ha sido la que ha regido desde entonces en este país), existe un rechazo social (políticamente ignorado hasta hace no mucho) del interés político social real de los ciudadanos que si reconocía como problemático la existencia de este documento en particular. haya sido en la calle o en el voto del pasado octubre, ambos componen una toma de riendas o el tratar de hacerse cargo de exigir una política justa por parte de la ciudadanía ejerciendo su derecho a protesta.

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